11 diciembre 2007

EL ASCO DE LA CORTE

Lo volvieron a hacer.
Lo hicieron con Lydia Cacho quien denunció a pederastas y pornógrafos que operaron al amparo del gober precioso y al cobijo una red de autoridades protectoras que se dedican a este lucrativo negocio. La recompensa es mucho más que las supuestas botellas de coñac, cualquier cosa que esto signifique.
No voy a abundar en los detalles de este caso típico de abuso de autoridad y protectores de pederastas porque éstos han sido públicos desde hace tiempo y quien los conoce resulta asqueado hasta el vómito. Hoy el asco que siento supera el que me produjeron los detalles enfermizos de las aventuras de quienes abusan de niñas y niños por simple “placer”, impunes gracias a sus protectores poderosos.
Ahora la vergüenza recayó solamente seis “defensores de la legalidad”, entre ellos dos mujeres: Margarita Luna Ramos, Olga Sánchez Cordero, Salvador Aguirre Anguiano, Mariano Azuela, Guillermo Ortiz Mayagoitia, y Sergio Valls.
Los otros cuatro fueron consistentes con lo que muchos esperábamos de la Corte.
Hubo algunos ingenuos que llegamos a pensar que los vividores de la Corte serían, por fin, la tabla de salvación de la legalidad en este país, que podrían cambiar y defendernos. Nos equivocamos rotundamente. Algunos de estos vividores fueron consistentes pero el resto no podrá cambiar. El mal está en su ADN. Están criados y cebados en un estercolero pletórico de complicidades y blindados en contra de las demandas de los molestos ciudadanos. Únicamente responden a sus propios intereses mezquinos, conservadores, misóginos (incluidas las dos señoras que asisten a la Corte), tolerantes y sórdidos.
¿En manos de quién estamos los mexicanos? ¿A qué o a quién se pueden atener los hombres y mujeres de bien, esforzados, de buena fe, cuando denuncian con pruebas y reclaman justicia?
Lo que nos dijeron los “impartidores de justicia” a los mexicanos, en cadena nacional, fue que el sistema de justicia existente hay que echarlo al bote de la basura y enterrarlo, comenzando por quienes dicen estar a cargo de esta tarea pero a la hora buena resultan blandengues y leguleyos. Una de las señales ominosas que nos enviaron tiene el significado de que cada quien se defienda como pueda, que cada quien se haga justicia por su propia cuenta y riesgo porque no hay quien nos defienda. O callar por miedo, porque denunciar y exigir justicia puede ser peligroso.
El mensaje que enviaron los vividores de la Corte es pavoroso para todos los mexicanos. Nos dijeron que podemos ser vejados, violados, torturados, maltratados y sometidos por las autoridades confabuladas y en complicidad con el crimen organizado, siempre y cuando estos abusos “no sean graves”. La inmensa mayoría de los que han tenido que ver con aquellos que procuran justicia y con quienes la administran, dan testimonio de los abusos, maltratos, torturas y vejaciones producto de la ilegalidad impune bajo la cual operan las autoridades de todos los niveles de gobierno, en más de una ocasión. También nos dijeron los vivillos, claro y fuerte, que hay que acostumbrarse a ser vejados y a respetar a los abusadores de niños y niñas.
Algo está mal en esta Corte. Algo no funciona bien. Los intereses que defienden no son los de la justicia y menos los de la gente común como usted y como yo.
Qué pena, que gran tragedia. Pobres mexicanos que padecemos a este conjunto de vividores que ya nos demostraron una vez más, por si había dudas, que no sirven más que para cobrar sus insólitos y desvergonzados emolumentos y privilegios.
La mayoría de estos cortesanos parásitos a quienes mantenemos, a costa de la indigencia de millones de compatriotas miserables, no tienen la estatura moral que hace falta para comprometerse con las mejores causas de este país, en una época en la que se requiere de hombres y mujeres valerosos que luchen por las mejores causas de la verdad y la justicia, esas grandes ausentes en nuestra sociedad.
A los vividores les pusieron una rolita para que pegaran un gran palo de vuelta entera y contentos se batieron en el lodo de su propia ineptitud, de su rancio conservadurismo e intereses. ¿No les dará pena? ¿No sentirán lástima de sí mismos cuando sus hijos, parejas o amigos los interrogan sobre el tema de Lydia Cacho y los pederastas y la pornografía, al enterarse de cómo votaron, mejor dicho, de cómo se exhibieron en la Corte?
Nos han demostrado que nada los apena, porque están forrados de su propio cinismo.
¿Qué les hizo falta para darnos, y darse a sí mismos, una lección ética y recuperar la confianza ahora totalmente perdida entre las montañas de sus prerrogativas?
El olor repugnante que emana la Corte de los vividores volvió a inundar a la República con su nauseabunda fetidez. Ad náuseam para que me entiendan.
Hemos quedado inermes.
A la señora Lydia Cacho y a las otras decenas de víctimas, y a nosotros con ellas, les queda recurrir a los organismos internacionales de justicia y derechos humanos, ante quienes, seguramente, presentarán las denuncias correspondientes.
Mientras, atribulado lector, haga caso del mensaje enviado por los inservibles vividores de la Corte y búsquese una pistola o de perdida una resortera para que se defienda, porque con esta Corte no vamos ni a la esquina.

06 diciembre 2007

¿GOBERNADOR INMUNE O IMPUNE?

Esta columna no fue publicada en el periódico por causas que desconozco.
Hace unos días, me enteré, como todos, de una noticia inusitada en el medio político local: el Gobernador del Estado fue denunciado ante el Congreso Local por violaciones recurrentes al Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley suprema en este país. Por cierto, apenas reformado de manera polémica pero clara y contundente, en el marco de los cambios constitucionales relacionados con asuntos electorales, especialmente, en lo concerniente a la prohibición para los tres órdenes de gobierno de realizar propaganda que promueva la imagen de cualquier servidor público en la que se incluyan nombres, imágenes, voces o símbolos que evidencien su promoción personal.
En esta demanda los denunciantes exigieron que el Jefe del Poder Ejecutivo fuera sometido a juicio político.
En el supuesto, que conste, es una hipótesis, de que el juicio político solicitado se lleve a cabo y culminara con éxito en una resolución condenatoria contra el gobernante acusado, ello implicaría castigar al actual gobernador del estado con la única sanción prevista en la Constitución Federal y Local para este tipo de actos: la destitución del servidor público y su inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público. ¿A poco sí? Pues sí, al menos eso es lo que dicen.
¿O sea que, en donde florece la justicia pronta y expedita, existe el riesgo de que nos quedemos sin gobernador? En la madre. Qué susto. Que meio.
Calma, calma, que nadie se apanique. Cero manifestaciones de desagravio, todavía.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, les da a los gobernadores de los estados inmunidad casi absoluta, ¿o será impunidad?, y sólo pueden ser juzgados por delitos federales y por violaciones graves a esa misma Ley Suprema. La Norma Federal establece en el artículo 110 que “Los Gobernadores de los Estados, Diputados Locales, Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia Locales y, en su caso, los miembros de los Consejos de las Judicaturas Locales, sólo podrán ser sujetos de juicio político… por violaciones graves a esta Constitución y a las leyes federales que de ella emanen, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales…”. Gulp. Tranquilos todos, porque el mismo artículo señalado termina reculando en la parte final del párrafo al señalar ” …pero en este caso la resolución será únicamente declarativa y se comunicará a las Legislaturas Locales para que, en ejercicio de sus atribuciones, procedan como corresponda”. ¡Uffffff¡ Sin embargo, la denuncia fue presentada ante el Congreso Local y no en la Cámara de Diputados.
Aquí es donde todo se convierte en un mal chiste al estilo de la Suprema Corte.
Pero supongamos que se hubiera presentado ante la Cámara de Diputados.
¿Entonces, bajo nuestro supuesto, qué van a hacer los próceres diputados locales una vez que reciban la resolución declarativa condenatoria, en contra del gobernador?
Pues nada, excepto darle el uso que mejor les convenga al papel en que va escrita la tal demanda.
Y le voy a tratar de explicar porqué, jurisperito lector, cuando menos hasta donde el seso me alcance. Les aclaro a mis dos lectores que este es un punto de vista sobre el tema y estoy seguro de que habrá más, y seguramente, mejor documentados que estos garabatos que ahora escribo.
Vea usted, justiciero lector, el artículo 158 de la Constitución Local no señala específicamente al Gobernador del Estado como uno de los servidores públicos que pueda ser sujeto a juicio político. Sí incluye, en cambio, a diputados, magistrados, secretarios, presidentes municipales, síndicos y regidores, directores, y otros muchos servidores públicos, y hasta los delegados municipales. Pero no aparece por ningún lado el Gobernador del Estado.
¡Ufffff¡ ¡Qué salvada!
Y en lo que se refiere al procesamiento penal de los servidores públicos que establece el artículo 159 de la Constitución Local, solamente se aplica a los servidores públicos señalados en el artículo 158 ya citado en donde no figura el gobernador del estado. Cualquiera supondría que el Gobernador es un servidor público, suena lógico y consistente por la función que desempeña. Así lo reconocen ambas Constituciones, la Federal y la Estatal, al señalar ésta última en el artículo 156 que es servidor público toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza, en la administración pública estatal o municipal; y en su primer párrafo indica que se reputarán como servidores públicos a los representantes de elección popular, a los miembros del poder Judicial y a los funcionarios y empleados. Insisto, no se menciona específicamente al Gobernador del Estado. Por los argumentos ya citados estamos obligados a suponer que el Gobernador sí es un servidor público pero la Constitución local no lo incluye en la lista de quienes pueden ser sujetos a juicio político.
El camino a seguir sería presentar la denuncia ante la Cámara de Diputados quien procedería a la acusación respectiva ante la Cámara de Senadores, previa declaración de la mayoría absoluta del número de los miembros presentes en sesión de aquella Cámara, después de haber sustanciado el procedimiento respectivo y con audiencia del inculpado. De ahí, el Senado de la República emitiría una resolución puramente declarativa, la cual se comunicará al Congreso Local para que, en ejercicio de sus atribuciones, procedan como corresponda, según reza la Constitución Federal.
¿Y que es lo que corresponde? Nada porque según la Constitución Local y la Ley de Responsabilidades vigente en nuestro estado maravilla, el Gobernador no se encuentra entre los servidores públicos citados en el artículo 158 a quienes puede someterse a juicio político. Todo se convertiría en una especie de condena moral. Y tan tan.
Este hecho es una omisión grave en la Constitución Local y no creo que sea accidental o producto de la ignorancia. Recuerde usted el viejo refrán “el que hace la ley hace la trampa” que se cumple fatalmente en la legislación estatal. Pero en vez de ocuparse de estos asuntos nimios, y en calidad de mientras, nuestros próceres diputados locales continúan atareados en asuntos de enorme trascendencia, como pedirle a la Secretaría de la Función Pública que revisen la correcta construcción de ¡toda la obra pública del estado! sólo porque se cayó la cimbra de un puente. Para Rypley.
Lo bueno es que ya se van.

ABATIR ¿NO ES ASESINATO?

Desde que inventaron el nombrecito abatir se acabaron los asesinatos. En consulta con el diccionario de la Real Academia Española dice en su...