25 abril 2007

EL ISSSTE Y EL CHAMUCO

Al gobierno del Estado y a los cinco Ayuntamientos de Baja California Sur se les apareció el Chamuco justo en el momento que la nueva Ley del Issste entró en vigor. Y no lo han querido ver. Por lo pronto han guardado un prudente silencio pensando, tal vez, que con un poquito de tiempo saldrán del problema.
Por eso ni siquiera han leído la Ley. Esperan que sus sollozos, bien dosificados y en el momento oportuno, ablanden los corazones enhielados de las autoridades gordillistas del Issste o de la Secretaría de Hacienda o del Presidente Calderón.
El caso es que se acabó la guasanga y el desmadre de años. De manera que Narciso Agúndez, Víctor Castro y el resto de los alcaldes tendrán que recoger las varas, imponer orden en la casa porque no hay espacio para discutir si ellos son los culpables o no. Ahora hay que pagar todo y hacerlo a tiempo. En lo que se tendrán que ocupar el gobierno del estado y los municipios de aquí al mes de junio de 2008 es en definir con qué van a pagar, si a duras penas pueden liquidar una nómina que engorda fatalmente cada mes. Con las nuevas disposiciones se pretende reordenar el sistema de pago y afiliaciones al Issste de los gobiernos de estados y municipios que al amparo de convenios previos se incorporaron a este régimen de seguridad social.
Es precisamente en el Artículo 22 de la Ley del Issste en donde se aclaran las reglas y la cosa se pone dura, durísima:“Cuando las Dependencias y Entidades sujetas a los regímenes de esta Ley no enteren las Cuotas, Aportaciones y Descuentos dentro del plazo establecido, deberán cubrir a partir de la fecha en que éstas se hicieren exigibles en favor del Instituto o, tratándose del seguro de retiro , cesantía en edad avanzada y vejez, en favor del Trabajador, intereses moratorios a razón de uno punto veinticinco veces la tasa de los Certificados de la Tesorería de la Federación con vencimiento a veintiocho días. Asimismo, deberán cubrir la actualización de dichas Cuotas, Aportaciones y Descuentos, en los términos establecidos en el Código Fiscal de la Federación”.
La Ley también identifica por nombre a los responsables de errores y omisiones que resulten en perjuicio de la Dependencia o Entidad para la que laboren, del Instituto, de los Trabajadores o Pensionados, independientemente de la responsabilidad civil, penal o administrativa en que incurran. Los oficiales mayores, administrativos y financieros ahora deberán de ponerse las pilas porque hasta el bote los pueden meter o cesarlos u obligarlos a que paguen los estropicios que cometan por sus descuidos o mala leche.
En caso de que el gobierno del estado o alguno de sus municipios no paguen o lo hagan mal y existan diferencias a favor del Instituto, éste simplemente le solicitará a la Tesorería de la Federación, el pago de los adeudos vencidos con cargo al presupuesto de los deudores. La Tesorería, previa comprobación del adeudo, le pagará directamente al Issste lo que se le deba, en un plazo de cinco días. Ni para donde hacerse. El cargo se podrá aplicar directamente a las participaciones y transferencias federales programadas. Además, no se condonarán adeudos por concepto de cuotas, aportaciones, descuentos, actualizaciones y recargos. Para que no quepa ninguna duda, y ya encarrerados, sostienen que “si las participaciones federales afectadas no fueren suficientes para cubrir el adeudo, el Instituto deberá requerir a las Entidades Federativas y municipios morosos y ejercer las vías legales procedentes para hacer efectivos los adeudos. En este caso, el Instituto hará públicos los adeudos en el periódico de mayor circulación en la localidad y en un periódico de circulación nacional”. Y rematan cerrando la pinza mortal otorgándole a la Secretaría de Hacienda la facultad de vigilar que los enteros de cuotas y aportaciones se realicen en tiempo y forma.
La cereza del pastel viene en el Artículo 25 en donde ya no se deja ninguna duda: a quienes no cumplan, primero los exhibirán haciendo público el monto de sus adeudos y si estos continúan durante un periodo de doce meses consecutivos o dentro de un periodo de dieciocho meses entonces el Issste podrá suspender parcial o totalmente, los seguros, prestaciones y servicios que correspondan al adeudo. ¿Cómo van a cumplir esta amenaza? Simplemente con una notificación por escrito al titular del ejecutivo del estado o a los presidentes municipales con sesenta días de anticipación. Y afirman que el moroso asumirá la responsabilidad y las consecuencias legales que resulten por la suspensión de los beneficios previstos en la Ley.
Las autoridades del gobierno local y de los ayuntamientos ¿tendrán cabal conciencia del significado que tiene esta Ley para sus respectivos erarios? ¿Sacarán dinero del zapato? ¿Habrán siquiera leído la Ley? ¿La habrán estudiado? ¿Tendrán un plan B?
El gobierno estatal y los ayuntamientos del estado maravilla no pueden esconder la cabeza porque ya no hay lugar seguro en donde hacerlo. Deben enfrentar el problema con inteligencia y agarrados de la manita de los trabajadores porque es con ellos la gran deuda, con ellos se tienen las cargas financieras principales por cuotas que siempre les descontaron de la nómina pero que nunca le entregaron al Issste. Nadie sabe donde quedaron estos recursos y tal vez sea lo que menos importa. El caso es que a más tardar el 31 de julio de 2007 el Issste está obligado por la nueva Ley a publicar cuál es el estado de los adeudos, según sus cuentas, a cargo de quién están y ahí aparecerá la cruda realidad de nuestra historia de morosidad estatal y municipal y el tamaño de la pedrada que recibiremos. El Issste otorgará facilidades para que estados y municipios morosos paguen, y hará algunos descuentos hasta del 80% si se firma un convenio de reconocimiento de adeudos antes de junio del 2008.
La firma del convenio de reconocimiento de adeudos, lleva implícita la cláusula de garantía incondicional del pago de las Cuotas y Aportaciones a su cargo, es decir, los estados y municipios deberán estar de acuerdo en que si no pagan los compromisos con sus trabajadores y el Issste, aceptarán en el convenio que se les descuenten estos adeudos de sus presupuestos y participaciones federales. En caso de que el estado maravilla y sus autoridades no acepten adecuar el convenio existente, entonces los convenios anteriores de incorporación se deberán rescindir dentro de los seis meses siguientes al término del plazo previsto, el día último de junio de 2008. Parece mucho tiempo pero no lo es, sobre todo si tomamos en cuenta que habrá movimientos de equipos y personal experto hacia campañas y la misma actividad política contaminará las negociaciones porque nadie se atreverá a comprometerse a firmar un convenio de tal naturaleza en tiempos electorales. No olvidemos a los trabajadores que son los grandes afectados porque también votan. Son muchos y pueden ser la diferencia.
Mi estimación personal del costo implícito de la Ley del Issste para el estado maravilla asciende, más o menos, a 2,500 millones de pesos, equivalentes al 43% del presupuesto anual autorizado por el Congreso para este ejercicio fiscal, sin considerar otros adeudos a cargo del estado y municipios. Y es una cifra conservadora.

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