abril 25, 2007

EL ISSSTE Y EL CHAMUCO

Al gobierno del Estado y a los cinco Ayuntamientos de Baja California Sur se les apareció el Chamuco justo en el momento que la nueva Ley del Issste entró en vigor. Y no lo han querido ver. Por lo pronto han guardado un prudente silencio pensando, tal vez, que con un poquito de tiempo saldrán del problema.
Por eso ni siquiera han leído la Ley. Esperan que sus sollozos, bien dosificados y en el momento oportuno, ablanden los corazones enhielados de las autoridades gordillistas del Issste o de la Secretaría de Hacienda o del Presidente Calderón.
El caso es que se acabó la guasanga y el desmadre de años. De manera que Narciso Agúndez, Víctor Castro y el resto de los alcaldes tendrán que recoger las varas, imponer orden en la casa porque no hay espacio para discutir si ellos son los culpables o no. Ahora hay que pagar todo y hacerlo a tiempo. En lo que se tendrán que ocupar el gobierno del estado y los municipios de aquí al mes de junio de 2008 es en definir con qué van a pagar, si a duras penas pueden liquidar una nómina que engorda fatalmente cada mes. Con las nuevas disposiciones se pretende reordenar el sistema de pago y afiliaciones al Issste de los gobiernos de estados y municipios que al amparo de convenios previos se incorporaron a este régimen de seguridad social.
Es precisamente en el Artículo 22 de la Ley del Issste en donde se aclaran las reglas y la cosa se pone dura, durísima:“Cuando las Dependencias y Entidades sujetas a los regímenes de esta Ley no enteren las Cuotas, Aportaciones y Descuentos dentro del plazo establecido, deberán cubrir a partir de la fecha en que éstas se hicieren exigibles en favor del Instituto o, tratándose del seguro de retiro , cesantía en edad avanzada y vejez, en favor del Trabajador, intereses moratorios a razón de uno punto veinticinco veces la tasa de los Certificados de la Tesorería de la Federación con vencimiento a veintiocho días. Asimismo, deberán cubrir la actualización de dichas Cuotas, Aportaciones y Descuentos, en los términos establecidos en el Código Fiscal de la Federación”.
La Ley también identifica por nombre a los responsables de errores y omisiones que resulten en perjuicio de la Dependencia o Entidad para la que laboren, del Instituto, de los Trabajadores o Pensionados, independientemente de la responsabilidad civil, penal o administrativa en que incurran. Los oficiales mayores, administrativos y financieros ahora deberán de ponerse las pilas porque hasta el bote los pueden meter o cesarlos u obligarlos a que paguen los estropicios que cometan por sus descuidos o mala leche.
En caso de que el gobierno del estado o alguno de sus municipios no paguen o lo hagan mal y existan diferencias a favor del Instituto, éste simplemente le solicitará a la Tesorería de la Federación, el pago de los adeudos vencidos con cargo al presupuesto de los deudores. La Tesorería, previa comprobación del adeudo, le pagará directamente al Issste lo que se le deba, en un plazo de cinco días. Ni para donde hacerse. El cargo se podrá aplicar directamente a las participaciones y transferencias federales programadas. Además, no se condonarán adeudos por concepto de cuotas, aportaciones, descuentos, actualizaciones y recargos. Para que no quepa ninguna duda, y ya encarrerados, sostienen que “si las participaciones federales afectadas no fueren suficientes para cubrir el adeudo, el Instituto deberá requerir a las Entidades Federativas y municipios morosos y ejercer las vías legales procedentes para hacer efectivos los adeudos. En este caso, el Instituto hará públicos los adeudos en el periódico de mayor circulación en la localidad y en un periódico de circulación nacional”. Y rematan cerrando la pinza mortal otorgándole a la Secretaría de Hacienda la facultad de vigilar que los enteros de cuotas y aportaciones se realicen en tiempo y forma.
La cereza del pastel viene en el Artículo 25 en donde ya no se deja ninguna duda: a quienes no cumplan, primero los exhibirán haciendo público el monto de sus adeudos y si estos continúan durante un periodo de doce meses consecutivos o dentro de un periodo de dieciocho meses entonces el Issste podrá suspender parcial o totalmente, los seguros, prestaciones y servicios que correspondan al adeudo. ¿Cómo van a cumplir esta amenaza? Simplemente con una notificación por escrito al titular del ejecutivo del estado o a los presidentes municipales con sesenta días de anticipación. Y afirman que el moroso asumirá la responsabilidad y las consecuencias legales que resulten por la suspensión de los beneficios previstos en la Ley.
Las autoridades del gobierno local y de los ayuntamientos ¿tendrán cabal conciencia del significado que tiene esta Ley para sus respectivos erarios? ¿Sacarán dinero del zapato? ¿Habrán siquiera leído la Ley? ¿La habrán estudiado? ¿Tendrán un plan B?
El gobierno estatal y los ayuntamientos del estado maravilla no pueden esconder la cabeza porque ya no hay lugar seguro en donde hacerlo. Deben enfrentar el problema con inteligencia y agarrados de la manita de los trabajadores porque es con ellos la gran deuda, con ellos se tienen las cargas financieras principales por cuotas que siempre les descontaron de la nómina pero que nunca le entregaron al Issste. Nadie sabe donde quedaron estos recursos y tal vez sea lo que menos importa. El caso es que a más tardar el 31 de julio de 2007 el Issste está obligado por la nueva Ley a publicar cuál es el estado de los adeudos, según sus cuentas, a cargo de quién están y ahí aparecerá la cruda realidad de nuestra historia de morosidad estatal y municipal y el tamaño de la pedrada que recibiremos. El Issste otorgará facilidades para que estados y municipios morosos paguen, y hará algunos descuentos hasta del 80% si se firma un convenio de reconocimiento de adeudos antes de junio del 2008.
La firma del convenio de reconocimiento de adeudos, lleva implícita la cláusula de garantía incondicional del pago de las Cuotas y Aportaciones a su cargo, es decir, los estados y municipios deberán estar de acuerdo en que si no pagan los compromisos con sus trabajadores y el Issste, aceptarán en el convenio que se les descuenten estos adeudos de sus presupuestos y participaciones federales. En caso de que el estado maravilla y sus autoridades no acepten adecuar el convenio existente, entonces los convenios anteriores de incorporación se deberán rescindir dentro de los seis meses siguientes al término del plazo previsto, el día último de junio de 2008. Parece mucho tiempo pero no lo es, sobre todo si tomamos en cuenta que habrá movimientos de equipos y personal experto hacia campañas y la misma actividad política contaminará las negociaciones porque nadie se atreverá a comprometerse a firmar un convenio de tal naturaleza en tiempos electorales. No olvidemos a los trabajadores que son los grandes afectados porque también votan. Son muchos y pueden ser la diferencia.
Mi estimación personal del costo implícito de la Ley del Issste para el estado maravilla asciende, más o menos, a 2,500 millones de pesos, equivalentes al 43% del presupuesto anual autorizado por el Congreso para este ejercicio fiscal, sin considerar otros adeudos a cargo del estado y municipios. Y es una cifra conservadora.

abril 17, 2007

EL ISSSTE Y SUS MENTIRAS

La nueva Ley ya se encuentra vigente a partir del 1 de abril de 2007, según el Artículo Primero transitorio que establece su entrada en vigor al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de la Federación, cosa que ocurrió el sábado 31 de marzo de 2007. Así que hay nuevas reglas del juego para todos los trabajadores afiliados al Issste, sin importar ni respetar las múltiples ventajas laborales que establecía la Ley anterior, por cierto, muy favorables a los trabajadores, mientras duraron, porque acaban de terminar. Los trabajadores comunes no supieron ni por dónde les pasó. Ahora mismo no los saben.
El siguiente paso, después de aprobar rapidísimo y sin dolor la Ley del Issste, estará dirigido a darla a conocer y convencer primero a las propias autoridades y a los pasmados trabajadores después. Les dirán que la nueva Ley es un paraíso laboral y que los nuevos pensionados se podrán ir a vivir a Europa con la fortuna de pensión que van a obtener. Que es la salvación del país. Que ahora sí los trabajadores tendrán pensiones dignas, suficientes y remuneradoras para premiar sus esfuerzos cuando cumplan 30 años de servicios los varones y 28 las mujeres. Nada más lejano de la realidad para los actuales trabajadores de la burocracia. Y menos en el caso de los quienes ingresen a cualquier institución del gobierno federal, entidad o dependencia afiliada al Issste, ellos no tendrán opción, se les aplicará la nueva Ley y punto. Pero los que ya están, los activos actuales, tienen varios problemas encima. No quiero decir que estarán desprotegidos sino que van a perder ingresos pensionarios porque los requisitos aumentaron y les alcanzará para media cobija.
Acabaron de tajo con las ventajas históricas para los trabajadores del gobierno.
Conforme a la Ley anterior, los trabajadores que hasta el 30 de marzo de 2007 tenían derechos laborales claros y muy ventajosos para su jubilación, amanecieron con nuevas reglas y perderán, prácticamente por la fuerza, los logros sindicales a su favor contenidos en la Ley abrogada, nulificándolos casi todos. Con la nueva Ley los derechos también están claros, clarísimos, pero en contra de los trabajadores. La Ley anterior quedó abolida con la publicación de la nueva norma del Issste. Y esta acción introduce una medida inconstitucional porque la nueva Ley establece cambios que se aplicarán de manera retroactiva en perjuicio de los trabajadores actuales especialmente en sus derechos pensionarios.
Ahora el trabajador activo estará obligado a decidir entre dos sopas, a cual más de amargosas: en la primera opción podrá decidir si se queda como está, pero aceptando algunos cambios en la edad de jubilación, en los años de servicio y en los montos de sus cuotas para financiar los cuatro seguros en donde se agrupan las 21 prestaciones del Issste; la otra sopa del menú consistirá en decidir si se cambian a la nueva Afore pública llamada Pensioniste en donde será reconocida su antigüedad mediante Bonos de Pensión del Issste, y una vez ahí, o antes los que tengan una Afore, resolverán si permanecen o trasladan los fondos de su cuenta individual a una Afore privada. No hay salida.
Con estas medidas se privatizará en el corto plazo, y para beneficio de unos cuantos, sin ninguna duda, el manejo de los fondos pensionarios de los trabajadores. Vean si no, en este caso sus ahorros serán administrados, y legal e impunemente ordeñados, por una Afore privada, los seguros para sus pagos de pensiones serán realizados por una aseguradora privada. ¿De dónde sacarán que el ISSSTE no se privatiza, lo hará, y claramente en el manejo de los multimillonarios fondos de pensiones al término del plazo de 36 meses o antes cuando así lo dedica el trabajador. Esto es lo que realmente importa: los cuantiosos fondos de pensiones que al cierre de febrero de 2007 acumulaban una bolsa de 1,052,073.9 millones de pesos, es decir, poco más de un billón de pesos.

Los perjuicios son varios y los veremos uno por uno.
El primer daño patrimonial importante para quienes se pretenden jubilar pronto, consiste en que ya no tomarán en cuenta su salario del último año para definir el monto de su pensión, a menos que tengan cumplidos 30 años de servicios o más los trabajadores y 28 años o más las trabajadoras; ventaja que prevalecerá únicamente hasta el 2009. A partir del 2010 esto se terminará. Si no tienen esos años de servicio pero tienen 55 años de edad y quince años o más de cotizaciones, se les calcularásu pensión conforme al sueldo del ultimo año, siempre y cuando, el trabajador tenga una antigüedad de tres años en ese mismo puesto; pero si no cumple con este requisito, definido en la nueva Ley, el monto de su pensión se determinará con base en el promedio salarial de los tres años previos al puesto actual que ocupa sin importar la antigüedad, lo que desembocará en una pensión de migajas. El perjuicio es evidente, si un trabajador llega a una posición mejor con un salario más alto no le servirá de nada porque para el cálculo de su pensión le tomarán en cuenta el promedio salarial de los tres años del puesto anterior que tuvo, seguramente, peor salario que el actual. Su nuevo salario no servirá de nada. Vamos ni siquiera plantean usar el mismo método del IMSS, donde se utiliza como criterio de cálculo el promedio salarial de los últimos cinco años para definir el monto de la pensión a la que tiene derecho el trabajador. Prepárense las autoridades para los miles de amparos por la inconstitucionalidad de algunas disposiciones de la nueva Ley, y les adelanto, los van a perder todos.
El trabajador que con la Ley anterior podría jubilarse con una pensión de cinco mil pesos, ahora, con los “beneficios” la nueva Ley, alcanzará la mitad y en automático accederá a la pensión garantizada que asciende a la fabulosa cantidad de 3,034.28 pesos, entre otras razones porque los ahorros de su cuenta individual no le alcanzarán para una mejor pensión.
En otras entregas continuaremos con el análisis de la Ley del Issste. Su examen requiere de tiempo, reflexión y estudio para evitar caer en afirmaciones de loro o lugares comunes. Es imposible su análisis en una sola entrega. Por lo pronto le diré que esta nueva Ley es farragosa, complicada, vasta, compleja, simplifica unas cosas y pervierte otras; es media tramposa porque primero hace afirmaciones que suponen un beneficio y artículos o fracciones más adelante las modifica sustancialmente. Fue elaborada por verdaderos especialistas de diversas ramas, profesionales conocedores de las lagunas inmensas que tenía el Issste, taparon todos los hoyos y recovecos que por años habían abierto y construido pacientemente los líderes sindicales y sus cómplices los políticos, pero abrieron otros y se llevaron entre las patas a cientos de trabajadores. Como siempre.
También analizaremos las ventajas que tiene esta norma porque debe usted saber, pensionado lector, que algunas ha de tener. Primero veremos en una serie de entregas las deficiencias y daños que, a mi juicio, provoca la nueva Ley del Issste.

Y SI UN DÍA DESAPARECIERAN LAS MAÑANERAS…

A veces me preguntó ¿qué pasaría si no hubiera mañaneras? ¿Se acabaría la democracia en el país? ¿Se terminaría la inseguridad que padecemos...