junio 01, 2007

EL SUSSS

Habrá que revisar con detenimiento el Artículo 205 de la nueva Ley del Issste el cual aplicado en sus términos hará que les tiemblen las canillitas a Narciso Agúndez y a Víctor Castro, y un poco menos, tal vez, al resto de los Alcaldes. La parte sustancial de este artículo dice “…A tal efecto, a los Trabajadores incorporados les será aplicable el Sueldo Básico calculándose sus años de cotización a partir de la celebración del convenio, salvo en el caso previsto en el párrafo siguiente.
En los convenios de incorporación que incluyan reconocimiento de antigüedad deberán pagarse o garantizarse previamente las Reservas que resulten de los estudios actuariales para el puntual cumplimiento de los seguros, prestaciones y servicios que señala esta Ley y realizarse las Aportaciones necesarias a las Cuentas Individuales de los Trabajadores incorporados para que su saldo sea equivalente a la antigüedad que se les pretenda reconocer. Igualmente, en los casos de sustitución de régimen de seguridad social, las Reservas constituidas deberán transferirse en favor del Instituto en la forma y términos en que se convenga”.
Así pues habrá convenios con y sin reconocimiento de antigüedad.
Cuando no hay reconocimiento de antigüedad, es claro que serán los casos de los trabajadores que inician sus contratos con alguna dependencia o entidad.
Pero en el caso de aquellos trabajadores a los que sí debería reconocérseles su antigüedad la cosa se complica sobremanera porque para firmar el convenio primero se tendrá que pagar (con dinero en efectivo) o garantizarse (con cargo a las participaciones federales) las reservas necesarias para constituir el respaldo pensionario.
También habrá que revisar lo que se indica en el Transitorio trigésimo séptimo que a la letra dice: “El Instituto y los gobiernos de las Entidades Federativas o municipios, así como sus Dependencias y Entidades, deberán adecuar los convenios que hubieren celebrado con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, a los términos previstos en el presente ordenamiento, en un plazo que no excederá del día treinta de junio de dos mil ocho. Los convenios de incorporación parcial al régimen obligatorio celebrados antes de la entrada en vigor de esta Ley, podrán renovarse como convenios parciales, con la obligación de ajustarse al régimen de esta Ley. En los casos en que no se cumpla con lo previsto en los párrafos anteriores, y que los gobiernos de las Entidades Federativas o municipios, y sus Dependencias y Entidades no pudieren convenir la garantía incondicional del pago de las Cuotas y Aportaciones a su cargo, los convenios de incorporación se deberán rescindir dentro de los seis meses siguientes al término del plazo previsto en el primer párrafo de este artículo”.
Tal vez sea la hora de que el gobierno del estado y los cinco ayuntamientos tomen medidas verdaderamente de fondo, definitivas, como las que aquí esbozaré pero que resumo en una sola frase: Adiós al Issste porque puede ser que nos salga más caro el caldo que las albóndigas.
1. Fundar nuestro propio Sistema Universal de Seguridad Social Sudcaliforniano (el SUSSS) que incluya los seguros básicos además de las prestaciones y servicios acordes a los que establece la nueva Ley del Issste. O menos o más, ya se verá.
2. Iniciar de inmediato los estudios actuariales para evaluar los costos para el gobierno del estado y los municipales, porque apenas habrá tiempo de hacerlo y, desde luego, determinar cuánto les costará a los trabajadores. El SUSSS daría origen a una ley estatal basada en los consensos más amplios, donde intervengan no solamente las cúpulas de los trabajadores. El criterio básico será “todos ponen” para crear un sistema de seguridad social autosuficiente, sano en su operación. Y rentable.
3. El SUSSS deberá estar más o menos alineado con los dos grandes sistemas de pensiones que hoy existen: el IMSS y el ISSSTE.
4. Garantizar a los trabajadores el reconocimiento de su antigüedad el cual puede ser mediante bonos de pensión semejantes a los de la nueva Ley del Issste. De esta forma no existe un desembolso inmediato de recursos sino solamente obligaciones de papel que se harán efectivas en el momento que le convenga al trabajador.
5. O simplemente adoptar el sistema de reparto si fuera conveniente.
6. Crear una Afore pública propia del estado que administre las cuentas individuales de los trabajadores y que redistribuya las utilidades obtenidas entre los cuenta habientes, después de la constitución de reservas y gastos de operación. Una de las más grandes ventajas de este fondo pensionario, multimillonario en el largo plazo es algo invaluable: es inagotable, y le proporcionará al estado el ahorro suficiente, que hoy no tiene ni tendrá, para realizar inversiones de larga maduración como carreteras, hospitales o viviendas. Las Afores son un negocio rentable, pues que lo sea para los trabajadores y no para los banqueros.
7. Incluir en el SUSSS un sistema de pensiones contributivas y no contributivas con equidad de género para hacer extensiva la justicia social a todos los trabajadores sudcalifornianos.
8. Hacer una propuesta de compra de los yonques, que parecen hospitales, actualmente propiedad del Issste en el estado y pagar lo que arroje el avalúo. Remodelarlos. Comprar el puro cascarón sin los actuales empleados porque ya no tienen remedio, solamente sería rescatable el 10% de los mismos, así que más vale que se vayan todos y si fuera conveniente se recontrataría a los que sirvan, previa evaluación.
En uno o dos meses podríamos tener estimaciones consistentes de los costos y un diseño inteligente, básico, del SUSSS. Claro, siempre y cuando nuestro eficiente y eficaz Nabor García Aguirre, Secretario de Finanzas del Gobierno del Estado, se aplique, previa bendición de Narciso Agúndez y los cinco alcaldes, y después de que todos juntos acaben de tragar camote al leer esta propuesta.
Aquí es donde se acaba el discurso y no alcanza la saliva.

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